Recibimos la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número uno de los de Tortosa, por la que se condenaba a nuestro cliente como autor de un delito contra la salud pública, a tres años y seis meses de prisión.
Al considerar que, dicha sentencia, no respetaba los derechos de nuestro cliente, interpusimos el Recurso de Apelación, cuya estimación nos acaba de ser notificada.
La Ilma, Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, no entra a valorar todos los motivos planteados en el Recurso. Y es que, de conformidad con nuestras alegaciones, La Ilma, solo reconoció que no existían indicios suficientes y que éstos no tenían base para ser considerado inocente. Motivo por el que la única resolución posible era revocar la Sentencia condenatoria y, por tanto, absolver a nuestro cliente, como acabó sucediendo.